Modificaciones e Incumplimientos de Sentencias
MODIFICACIÓN DE MEDIDAS JUDICIALES: ADAPTAMOS TU DIVORCIO A TU NUEVA REALIDAD
¿Las medidas de un convenio o sentencia de divorcio son para siempre?
No. La vida cambia y las decisiones del pasado no tienen por qué encadenarte para siempre. La ley prevé expresamente la posibilidad de modificar las medidas acordadas en su día siempre que hayan variado de forma sustancial las circunstancias que existían en el momento de dictarlas.
Cualquiera de los excónyuges puede solicitar esta revisión en el momento en que su situación personal, económica o la de sus hijos dé un giro importante.
¿En qué situaciones podemos ayudarte a modificar las medidas?
- Evolución familiar y custodias: Solicitar el cambio hacia una custodia compartida a medida que los hijos crecen o varían sus necesidades.
- Cambios económicos (Aumento o disminución de pensiones): Revisar las pensiones de alimentos o prestaciones compensatorias ante nuevas situaciones de desempleo, jubilación, reducciones de jornada o mejoras salariales.
- Cambios de residencia: Adaptar el régimen de visitas y las comunicaciones si uno de los progenitores debe trasladarse de ciudad o de país (especialmente complejo en entornos internacionales).
- Vivienda y patrimonio: Plantear la venta de la vivienda familiar y el reparto de ganancias cuando los hijos ya se han emancipado o las circunstancias habitacionales cambian.
- Incumplimientos graves: Reaccionar de inmediato ante el impago reiterado de pensiones o el incumplimiento de los días de visita para proteger el bienestar de los menores.
En FALGAS.net analizamos minuciosamente la viabilidad de tu caso para demostrar ese cambio sustancial ante los tribunales y conseguir que tu sentencia judicial refleje, por fin, tu realidad actual.
INCUMPLIMIENTOS Y EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE DIVORCIO
Una vez que el juez dicta la sentencia de divorcio o de disolución de la pareja de hecho —tanto si ha sido de mutuo acuerdo como por la vía contenciosa—, las medidas acordadas son de obligado cumplimiento.
Si las circunstancias cambian de forma sustancial, la ley permite adaptar las medidas a la nueva realidad mediante una Demanda de Modificación de Medidas (según el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Sin embargo, si lo que ocurre es que una de las partes decide saltarse la ley de forma unilateral, la otra parte tiene todo el derecho a actuar de inmediato ante los tribunales.
¿Qué hacer si tu expareja incumple el convenio regulador o la sentencia?
El incumplimiento de las medidas judiciales (como el impago de la pensión de alimentos o saltarse los turnos de custodia y visitas) desestabiliza la vida familiar. Si te encuentras en esta situación, la ley te ofrece herramientas contundentes para actuar:
- La Vía Civil (Demanda de Ejecución de Sentencia): Es el mecanismo más rápido y eficaz para reclamar el dinero adeudado o exigir el cumplimiento del régimen de visitas. A través de nuestro equipo de abogado y procurador, solicitamos al juzgado el embargo inmediato de nóminas, cuentas bancarias o bienes del obligado al pago para que recibas lo que te corresponde sin demoras.
- La Vía Penal (Delito de Impago de Pensiones): El artículo 227 del Código Penal castiga el impago de la pensión (durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos) con penas que pueden incluir la prisión o multas económicas. Aunque esta vía es más lenta que la ejecución civil, es una herramienta de presión muy potente en casos de abandono familiar grave o reiterado.
No dejes que el paso del tiempo cronifique los incumplimientos. En FALGAS.net protegemos tu bienestar económico y la estabilidad de tus hijos activando las medidas legales adecuadas desde el primer momento.