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CONSEJOS  LEGALES  

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CONSEJOS LEGALES AL COMPRAR UNA PROPIEDAD

Una vez que haya decidido comprar una propiedad, debe seguir estas dos importantes reglas:
1. Elegir un agente inmobiliario
2. Busca un abogado para asistirle y aconsejarle.

EL AGENTE INMOBILIARIO

Una vez elegido el agente inmobiliario con suficientes conocimientos y experiencia en el mercado inmobiliario, con su ayuda se le hará más fácil encontrar una propiedad.
El agente le mostrará una fina selección de propiedades aconsejándole cuáles son las mejores zonas dónde invertir, comparando calidad y precios.
Usted también debe preguntar cuales son los gastos y mantenimiento anuales tales como :
Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI),
gastos de comunidad, basura, precios del agua, electricidad ,
el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos (Plusvalía)
e impuesto sobre Patrimonio referente a la propiedad que desea comprar.
Cuando usted haya decidido la propiedad que va a comprar se le pedirá realizar una reserva inmediatamente mediante un depósito de dinero a cuenta para asegurar que esa propiedad no sea vendida a otro comprador. Son las arras.
Entonces dispondrá de un período entre 10 y 15 días para formalizar contratos, pero antes debería dejarse asesorar legalmente.


ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA LEGAL
Prevenir es mejor que curar, dice el refrán.
Desde ahora y hasta completar su compra el abogado debe ayudarle y asesorarle en los pasos a seguir para la transacción.
Eligiendo un buen abogado es su garantía para que esa propiedad cumpla con los requisitos legales españoles, que la propiedad esté registrada a nombre del vendedor, que esté libre de hipotecas, cargas, deudas o gravámenes.
Su abogado negociará y discutirá la compra con el vendedor. No solamente el precio sino que también la forma de pago , la fecha de firma, etc.
Después será citado por su abogado para explicarle todo el procedimiento y costes adicionales para realizar la compra.
El siguiente paso después de pagar la reserva (arras), es evidenciar por escrito todos los términos de la compra.
En este punto los abogados le realizarán un contrato privado de reserva (arras) donde se le pedirá el 10% del precio de venta de la propiedad a cuenta. Esta cantidad no se retornará en caso de no cumplir lo establecido en el contrato.
Por otro lado , si es el vendedor el que no cumple con el contrato , entoces se resolverá devolviéndole el dinero depositado más una indemnización que suele ser del importe de lo depositado, por lo cual se devolvería el doble.
Antes de completar los contratos, su abogado ya habrá investigado esa propiedad en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Finalmente se fijará un día para acudir junto con el abogado al Notario Público para firmar la escritura , realizando el pago final al vendedor, el cual le hará entrega de las llaves de su propiedad.
En este momento la compra ha sido completada.
Inmediatamente el Notario enviará al registro de la propiedad los datos del nuevo propietario para prevenir la doble venta.
En este momento el Notario y registrador de la propiedad actúan juntos a favor de sus intereses.
Entonces usted empezará a pagar los impuestos relevantes y registrar su propiedad.
Su abogado también puede organizar todos los pagos incluyendo agua y electricidad mediante domiciliación bancaria.

GASTOS QUE CONLLEVA LA COMPRA

Los gastos notariales
El Notario suele tener una escala de precios fijos que pueden variar según el valor de la propiedad, ej.: de una propiedad que vale 120,202.42 Euros cobraría 480.81Euros o de una propiedad de 6,010,121.00 Euros sería de 901,51 Euros la cantidad a percibir por el Notario.

Los Gastos de Registro de Propiedad
Como regla general los gastos de Registro de la Propiedad son el 40% de lo que el Notario cobra.

Los Impuestos
Si usted compra una propiedad en reventa estará obligado a pagar el impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales (ITP) del 6% del valor catastral.
Si usted compra una nueva propiedad o una propiedad en construcción entonces deberá pagar el IVA que es el 7%  más el 0.5% de gastos.
El porcentaje de IVA puede llegar al 16% si usted compra parcelas de tierra, comercios o plazas de garaje.
La Plusvalía es un impuesto del ayuntamiento dónde la propiedad está situada basado en el incremento del valor del suelo urbano teniendo en cuenta el valor catastral y la fecha de la escritura previa.
Este impuesto puede variar de algunos Euros a varios cientos de Euros dependiendo de la cantidad de terreno que tenga la propiedad.
Por ley , el vendedor debe pagar este impuesto pero es práctica común que ambas partes se pongan de acuerdo.
Finalmente , el abogado puede cobrarle por sus servicios profesionales entre el 1% y el 2% más IVA(16%).
Le podemos ayudar a conseguir la financiación a través de hipoteca con algún banco, actualmente el porcentaje de intereses en España es muy competitivo.
El período del préstamo hipotecario puede llegar 420 meses para menores de 30años y 80% de precio de tasación de la propiedad, incluso al 100%.
La mayoría de bancos ofrecen un interés desde 3.25% hasta 5.5% para el primer período y un Euribor entre 1.25% y 1.50%.
Al cancelar la hipoteca con antelación el banco le cobra el 1% del capital amortizado.


DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SOLICITAR PRESTAMOS HIPOTECARIOS

Empleados:
1. Las tres últimas nóminas
2. Ultima declaración de la renta.
3. Contrato de trabajo
4. DNI / tarjeta de residencia
5. Recibos de otros préstamos (los 6 últimos)
6. Vida laboral S.S.
7. En caso de divorcio: convenio regulador y sentencia

Autónomos:
1. Libro de cuentas
2. Ultima declaración de la renta
3. Referencia bancaria incluyendo teléfono, fax , nombre del director y número de cuenta
4. Extracto de cuentas de los últimos tres meses
5. Recibos de otros préstamos (6 últimos)

Impuestos de la propiedad
Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI):
Es el principal impuesto local que afectan a los dueños de las propiedades en España. Se paga cada año al ayuntamiento y se calcula dependiendo del valor catastral registrado. El tanto por ciento varía según las zonas.
Basura:
Impuesto sobre la recogida de la basura que se paga cada seis meses en el ayuntamiento.

Impuestos personales
Impuesto sobre patrimonio:
Cada año se realiza la declaración del patrimonio.
Muestra el valor de todos los bienes inmuebles de una sola persona.
Por valores mayores a 163,847 Euros la tasa a pagar es del 0.2%.
El porcentaje sube con el valor de los inmuebles. IRPF representa el 2% del 25% del valor catastral del inmueble. Los impuestos sobre patrimonio y IRPF se refieren a un año fiscal que concluye el 31 de diciembre. Se pagan al año siguiente.

Impuesto sobre el Incremento de Patrimonio :
Los no residentes llegan a pagar el 35% de los beneficios adquiridos en a venta de una propiedad .
Como garantía de ello a los no residentes se les retiene el 5% recuperable a través de un abogado.
Los residentes disponen de 6 meses para reinvertir el dinero ganado en un inmueble de valor superior.
De todas formas les sugerimos que se dirijan a un asesor fiscal que les orientará sobre los impuestos a pagar.